El VAT es el número de identificación fiscal que necesitas para realizar acciones comerciales con clientes de otros países de la Unión Europea. Para su obtención debes ponerte en contacto con la Agencia Tributaria, que deberá valorar tu solicitud previamente. Una vez que hayas obtenido este VAT, tu número figurará en el Registro de Operadores Intracomunitarios y con él podrás realizar operaciones intracomunitarias.
El VAT Number, también conocido como NIF intracomunitario, es un número de identificación fiscal con el que se pueden realizar actividades comerciales con clientes de la Unión Europea. Esta cifra tendrá que aparecer en tus facturas intracomunitarias ya que, como probablemente sepas, este tipo de operaciones no requieren que se le añada el IVA.
Cuadro Resumen de Modalidades de Contratación, una vez publicadas las siguientes Órdenes:
Orden EPE/675/2022, 17 mayo (BOA 26/05/2022), por la que se establecen las bases reguladoras del programa de subvenciones destinado a fomentar la inserción laboral de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo.
Orden EPE/695/2022, 19 mayo (BOA 30/05/2022), por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones de fomento de la contratación estable y de calidad de jóvenes cualificados en el marco del II Plan Aragonés para la Mejora de la Empleabilidad de los Jóvenes-PAMEJ-2021-2023.
Paquete de medidas para dar respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania.
Ya se ha publicado el RD Ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes para dar respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania.
Este Plan Nacional de Respuesta al Impacto de la Guerra recoge algunas medidas laborales para paliar sus consecuencias, entre ellas, el Gobierno prohíbe el despido objetivo para las empresas que reciban ayudas públicas.
La reforma laboral limita el uso del contrato temporal. Este tipo de contratos sólo podrán firmarse por circunstancias de la producción o por sustitución de una persona trabajadora, siendo su duración de entre 6 meses como máximo. Por convenio colectivo de ámbito sectorial podría ampliarse la duración máxima hasta 1 año.
La nueva reforma laboral, regulada a través del Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de trabajo, y que entrará en vigor el próximo 30 de marzo de 2022, ha modificado de forma sustancial los requisitos para suscribir ciertos contratos laborales.
Probablemente, el contrato que más modificaciones ha experimentado es el contrato temporal, en un intento por parte del legislativo de limitar al máximo posible su uso, y que la mayoría de puestos de trabajo se suscriban a través de contratos indefinidos.